Contratos de revendedor de valor agregado de software (VAR de software)
Visión general
Los contratos estatales de Revendedor de Valor Agregado de Software (Software VAR) de VITA permiten a Executive Branch agencies y otros organismos públicos comprar software a través de contratos aprobados de revendedor.
VITA adjudicó contratos a siete distribuidores. Los contratos proporcionan acceso a un gran número de editores y productos de software. Aunque estos contratos cubren a muchos editores de software, no todos los productos de cada editora están permitidos automáticamente. El producto debe estar dentro del alcance del contrato y, para Executive Branch agencies y otras entidades bajo supervisión de VITA, la compra debe cumplir con los requisitos de gobernanza de VITA.
Todas las revisiones y aprobaciones de gobernanza requeridas deben completar antes de realizar un pedido. Dependiendo del producto y caso de uso, esto puede incluir:
- Evaluación de la nube (COV Ramp) y negociación de términos en la nube
- Registro de IA
- Cumplimiento de la accesibilidad
- Negociación de licencias de usuario final o acuerdos de servicio
- Solicitud de Gobernanza de Adquisiciones (PGR)
Dado que estos contratos proporcionan acceso a muchos editores y productos, VITA no realiza revisiones individuales en la nube, IA o accesibilidad de cada producto con antelación. La agencia compradora es responsable de garantizar que todas las revisiones y aprobaciones necesarias se completen antes de la compra.
Proveedores
Los siguientes proveedores obtuvieron un contrato de VAR de software:
- CAS Severn, Inc. (pequeño)
- Daly Computers, Inc.
- Optiv Security, Inc.
- ThunderCat Technology, LLC (pequeña, propiedad de veterano con discapacidad en servicio)
- Triad Technology Socios, Inc. (pequeña, propiedad de mujeres)
- Vertosoft (pequeño)
- Vinsys Information Technology, Inc. (pequeña/micro, propiedad minoritaria)
¿Sabías que...?
En la industria del software, el editor es la compañía que posee el software y un revendedor es una compañía autorizada para venderlo.
En la mayoría de los casos, los revendedores pueden vender los productos del editor, pero no pueden negociar ni cambiar los términos de licencia del editor ni aceptar los términos de VITA cloud en nombre del editor.
Eso significa:
- Los términos del contrato del revendedor no se trasladan al editor.
- El editor no se considera subcontratista del revendedor.
- La agencia puede seguir teniendo que trabajar directamente con el editor para finalizar los términos de licencia, servicios y/o términos en la nube.
Para más información
Para preguntas y asistencia sobre el VAR de software, por favor contacte con el personal de VITA que se indica a continuación.
Punto de contacto principal:
Jeanne Mertens, Gestora de Contratos – VAR de Software
jeanne.mertens@vita.virginia.gov
Punto de contacto secundario:
Gregory Brown, Gestor de Categorías – Software y Otras Soluciones IT
gregory.brown@vita.virginia.gov
Preguntas frecuentes
Executive Branch agencies deben emplear un contrato VITA Software VAR al comprar software dentro del ámbito y cuando su necesidad empresarial pueda satisfacer mediante un producto disponible bajo estos contratos.
Tenga en cuenta: algunos productos de software o editores pueden ya estar disponibles bajo otros contratos estatales de VITA, como contratos para Microsoft, Oracle, IBM u otras soluciones específicas de IT. Las compras de esos productos o soluciones específicas deben hacer a través de esos contratos.
Para otros organismos públicos — como la educación superior, los gobiernos locales y las autoridades — el uso de estos contratos es opcional.
Software
A través del(los) contrato(s) de Software VAR, puedes adquirir subscripciones y renovaciones de software para productos que estén dentro del ámbito del contrato, incluyendo:
- Software comercial (COTS): Software listo para usar vendido en el mercado comercial sin necesidad de modificaciones
- Software modificado estándar (MOTS): Software preempaquetado que puede requerir configuración o configuración limitada
- Software como servicio (SaaS)*: Aplicaciones de software que se ejecutan en una infraestructura en la nube
- Software local
- Plataformas de desarrollo*: *low-code y no-code
Servicios
Los únicos servicios permitidos bajo el VAR de Software son los servicios entregados por el editor que están directamente vinculados al software licenciado — como la implementación, configuración o mantenimiento— y solo cuando los venda el mismo proveedor que vendió el software.
Se requiere una declaración de trabajo (Anexo C) para todos los servicios.
Los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo pueden adquirir si se venden con la licencia o subscripción del software del proveedor y si son proporcionados/realizados por el editor. Estos servicios pueden cubrir actualizaciones y correcciones, pero no desarrollo personalizado.
Ciertos servicios profesionales solo están permitidos si están directamente relacionados con el despliegue de software adquirido a través del mismo contrato VAR de Software. Estos servicios deben adquirir al mismo proveedor, ser provisionados por el editor e iniciar en un plazo de compra de un (1). Estos servicios profesionales incluyen:
- Instalación
- Implementación
- Integración
- Configuración
- Adiestramiento
Todas las declaraciones de trabajo por servicios profesionales bajo este contrato están limitadas a500,000$.
Los servicios de ciberseguridad gestionados deben acompañar al software de subscripción vendido por el proveedor y provisionado por el editor de software licenciado según la sección 1D del contrato.
*Para soluciones en la nube, consulte las FAQ D más abajo para requisitos adicionales.
Los contratos de VAR de Software no cubren:
- Soluciones personalizadas
- Sistemas operativos
- Software o servicios de telecomunicaciones
- Hardware
- Software incrustado mediante dispositivo físico o virtual
- Soluciones a nivel empresarial destinadas a uso multiagencia, como Cardinal o eVA
- Alojamiento independiente
- Infraestructura como servicio (IaaS)
- Servicios profesionales independientes o aumento de personal
- Servicios gestionados, excepto ciertos servicios de ciberseguridad gestionados permitidos por el contrato
- Servicios vinculados a software adquirido a otro proveedor o a través de un contrato diferente
- Servicios adquiridos fuera del plazo permitido por el contrato
- Servicios para la gestión del cambio en agencias o para la preparación de agencias
- Software que ya está disponible bajo otro contrato estatal de VITA para un editor o solución específica
VITA tiene la única discreción para decidir si un producto o servicio está dentro del alcance o fuera del ámbito.
Para las Executive Branch agencies y otras entidades bajo la supervisión de VITA, se requiere la aprobación de VITA antes de comprar soluciones en la nube o software como solución (SaaS).
Las agencias no tienen autoridad delegada para comprar soluciones en la nube sin la aprobación previa a la compra de VITA.
Antes de hacer el pedido, las agencias deben someter la solución a una evaluación en la nube (COV Ramp), negociar los términos de la nube e iniciar una supervisión continua. Los términos y condiciones de la nube están firmados por el editor y el usuario autorizado, y se reconocen mediante la firma del proveedor del VAR de software.
Para comenzar el proceso, presenta la(s) solicitud(es) correspondiente(s) a través de Keystone Edge para:
- Solicitud de servicio para evaluación en la nube
- Solicitud de servicio para la negociación de términos y condiciones en la nube
- Solicitud de supervisión de servicio
Para más información sobre el proceso de la COV Ramp, visite el sitio web de VITA COV Ramp.
Si el software califica como un sistema o herramienta de inteligencia artificial (IA), la agencia puede necesitar que sea revisado, registrado y aprobado bajo los requisitos de la Commonwealth.
Este proceso se basa en la Orden Ejecutiva 30 y en las directrices relacionadas de la Commonwealth.
Las agencias registran la solicitud en el Registro de IA a través de Archer.
Los requisitos de aprobación pueden variar según cómo se emplee la herramienta de IA.
Para más información, consulte el sitio web de inteligencia artificial de VITA.
Executive Branch agencies deberán presentar una Solicitud de Gobernanza de Adquisiciones (PGR).
El PGR apoya la revisión y aprobación por parte del CIO de la Commonwealth para inversiones tecnológicas.
Para más información, ver VITA's Solicitud de gobernanza de contrataciones sitio web.
El software adquirido a través de un revendedor puede incluir condiciones del editor, como:
- Un acuerdo de licencia de usuario final (EULA)
- Un acuerdo de servicio (SA)
Estos términos de la editorial se aplican específicamente al uso del software que se está adquiriendo.
Las agencias pueden negociar esos términos directamente o emplear el anexo del acuerdo de licencia (LAA), que aborda los requisitos específicos de la Commonwealth. La LAA de cada contrato se incluye como Anexo F.2.
Al revisar los términos de los editores, las agencias deberían considerar involucrar sus recursos legales, incluidos sus representantes de la Oficina del Fiscal General cuando sea apropiado.
La LAA está firmada por el editor y el usuario autorizado, y reconocida mediante la firma del proveedor del VAR de software.
No se requiere una declaración de trabajo (SOW) si la compra es solo para licencias de software o subscripciones.
Se requiere un SOW siempre que la compra incluya servicios de mantenimiento, profesionales o gestionados de ciberseguridad.
Todas las declaraciones de trabajo por servicios profesionales bajo este contrato están limitadas a500,000$.
Los usuarios autorizados deben emplear el Anexo C – Plantilla SOW del contrato VAR de Software correspondiente para definir el trabajo, entregables, hitos, pagos y expectativas relacionadas. No se permiten plantillas de declaraciones de trabajo proporcionadas por el editor.
El SOW está firmado por el editor y el usuario autorizado, y reconocido mediante la firma del proveedor del VAR de software.
Generalmente, no se permiten servicios de socios externos ni de consultores.
Los contratos de software VAR no cubren servicios basados en personas como:
- Consultores
- Socios editoriales
- Equipos de desarrollo
- Aumento de personal
Si tu agencia necesita ese tipo de servicios, deberías usar el contrato de IT contingent labor de VITA.
Los únicos servicios permitidos bajo el VAR de Software son los servicios entregados por el editor que están directamente vinculados al software licenciado — como la implementación, configuración o mantenimiento— y solo cuando los venda el mismo proveedor que vendió el software.
Puedes buscar el software disponible empleando el Portal de Búsqueda de Contratos VITA.
Pasos:
- Abre el Portal de Búsqueda de Contratos VITA.
- Bajo la categoría de contrato VITA, selecciona software.
- Selecciona el revendedor de valor agregado de software.
- Haz clic en buscar registros.
- Abre uno de los contratos de Software VAR listados.
- Desplázate hasta los archivos adjuntos y revisa el Anexo B para ver los editores de software disponibles.
El Anexo B suele estar organizado alfabéticamente por nombre de la editorial. El precio se muestra como un descuento respecto al precio de venta del editor.
Una vez que identifiques lo que necesitas, contacta con el proveedor de contacto listado (no el contacto de VITA) para:
- Aplicar una cotización para un producto específico
- Comparar opciones
- Emitir una solicitud de cotización (RFQ) a varios proveedores, si es necesario
Los proveedores de software VAR están obligados a respetar los descuentos contractuales y ofrecer precios transparentes.
VITA siempre recomienda buscar competencia, incluyendo aplicar cotizaciones a varios proveedores de software VAR, cuando sea aplicable. Los usuarios autorizados deben reservar tiempo para obtener varias cotizaciones. Por favor, consulte la cláusula de solicitud de cotización (RFQ) en el contrato.
Si el editor de software que necesitas no está listado:
- Considera otros productos de software disponibles a través de los contratos de VAR de Software que puedan satisfacer las necesidades de tu negocio.
- Consulta otros contratos estatales de VITA para opciones específicas de la editorial o de la solución.
- Pregunta si un producto dentro del alcance puede agregar a la lista de Prueba B del VAR de Software de un proveedor.
Para aplicar una ampliación, la agencia debe contactar con uno o más proveedores de software VAR.
El proveedor decidirá si ya tiene, o puede establecer, una relación de revendedor con el editor. En caso afirmativo, el proveedor puede trabajar con el responsable de contratos de VITA para aplicar que el software sea considerado para su incorporación al contrato. Estas solicitudes son revisadas por VITA con un calendario mensual, por lo que las agencias deben planear con antelación. Antes de que un producto se añada formalmente como opción disponible para su compra, la agencia debe cumplir con todos los requisitos de gobernanza aplicables que se enumeran en la sección de resumen de esta página.
Por favor, ten en cuenta: no se garantiza agregar adiciones. Siempre que sea posible, se anima a las agencias a emplear un producto similar que ya esté bajo contrato y, si es necesario, ya esté aprobado por la COV Ramp y acompañado de los Términos de Nube de la COV Ramp ejecutados.
Para preguntas y asistencia sobre el VAR de software, por favor contacte con el personal de VITA que se indica a continuación.
Punto de contacto principal:
Jeanne Mertens, Gestora de Contratos – VAR de Software
jeanne.mertens@vita.virginia.gov
Punto de contacto secundario:
Gregory Brown, Gestor de Categorías – Software y Otras Soluciones IT
gregory.brown@vita.virginia.gov