5.1 Responsabilidades de los profesionales de adquisiciones del Commonwealth y de los miembros del equipo del proyecto que participan en una adquisición de tecnología de la información
5.1.3 Concienciación sobre la colusión
Como guardianes de las adquisiciones y ciudadanos del Commonwealth, los profesionales de las adquisiciones tienen el deber de prevenir y denunciar la colusión entre los proveedores que compiten por el negocio del Commonwealth. El propósito de las leyes antimonopolio es promover el sistema de libre mercado en la economía de este Estado Libre Asociado mediante la prohibición de restricciones comerciales y prácticas monopólicas que disminuyen la competencia. Las siguientes podrían interpretarse como actividades colusorias o presuntas violaciones de la competencia contrarias:
- Cualquier acuerdo o entendimiento mutuo entre empresas competidoras que restrinja el funcionamiento natural entre las fuerzas del mercado es sospechoso;
- Existencia de una "lista de precios de la industria" o "acuerdo de precios" a la que se refieren los proveedores al formular sus ofertas;
- Cambio repentino de una licitación competitiva a una licitación idéntica;
- Aumentos de precios simultáneos o precios de seguimiento del líder;
- Rotación de ofertas o propuestas para que cada oferente tome su turno como el postor más bajo;
- División del mercado, de modo que determinados competidores presenten ofertas económicas sólo para contratos dirigidos por determinadas agencias o para contratos en determinadas zonas o sobre determinados productos;
- Establecimiento por parte de los competidores de sistemas colusorios de estimación de precios;
- Incidentes que sugieran colusión directa. (Afirmación por parte de los empleados de un proveedor, etc., de que existe un acuerdo para restringir el comercio);
- Ofertas idénticas que parecen ser el resultado de una colusión.
Las prácticas que eliminan o restringen la competencia generalmente conducen a precios excesivos y pueden justificar acciones penales, civiles o administrativas por parte del Estado Libre Asociado contra el proveedor. El personal de adquisiciones es una fuente importante para investigar pistas y reconocer posibles violaciones antimonopolio o colusión. Como resultado, el personal de adquisiciones debe ser sensible a los indicios de comportamiento ilegal por parte de proveedores, contratistas de proveedores y otro personal de adquisiciones, técnico o administrativo. Las sospechas de actividades antimonopolio o colusorias se informarán a la Oficina del Procurador General o al asesor legal de la agencia, incluidas las ofertas o propuestas que muestren evidencia o sospecha de que se ha producido una violación de la ley antimonopolio. (Ver Código de Virginia, §§ 59.1-9.1 a 59.1-9.8 y §§ 59.1-68.6 a 59.1-68.8).
REQUISITO DE NO COLUSIÓN: Ni el proveedor ni ningún miembro, representante o empleado de la organización del proveedor entrarán en ninguna combinación, colusión o acuerdo con ninguna persona en relación con cualquier precio a ofertar. No impedirán a ninguna persona presentar ofertas ni inducirán a nadie a que se abstenga de hacerlo. Las ofertas se harán sin referencia a ninguna otra oferta y sin ningún acuerdo, entendimiento o combinación que sirva para restringir la competencia.
Busque en el manual por palabras clave o términos comunes.