34.3 Modificación, tramitación y administración
34.3.4 Precios
Antes de procesar una modificación de precios, el administrador del contrato debe revisar el lenguaje de precios del contrato. La modificación puede implicar una simple adición, eliminación o ajuste de una unidad o partida que no tenga ningún impacto en el valor total del contrato o en el precio por hitos. Si la modificación requiere un aumento en el valor del contrato, el administrador del contrato debe asegurarse de que el presupuesto esté disponible con el propietario de la empresa/gerente del proyecto y que dicho presupuesto esté financiado, no solo aprobado para su financiación. Cualquier modificación al valor total del contrato debe seguir los requisitos de los § 2.2 a4309 del Código de Virginia, proporcionados en texto completo en la subsección 34.3 anterior.
Además, los cambios de precios deben cumplir con los parámetros especificados en el contrato, por ejemplo: " Ningún aumento de este tipo excederá el menor de los tres por ciento (3%) o el aumento anual en el Índice de Precios al Consumidor para Todos los Consumidores Urbanos (CPI-U), el promedio de la ciudad de EE. UU., Todos los artículos, no ajustados estacionalmente, según lo publicado por la Oficina de Estadísticas Laborales del Departamento de Trabajo (http://www.bls.gov/cpi/home.htm), para la fecha efectiva del aumento en comparación con el mismo índice un (1) año antes. Cualquier cambio en el precio se presentará por escrito de acuerdo con lo anterior y no entrará en vigencia hasta sesenta (60) días después. El Proveedor se compromete a ofrecer reducciones de precios para garantizar el cumplimiento de la Sección de Precios Competitivos".
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