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Capítulo 32 - Procedimientos de protesta

32.9 Revisión de la protesta por parte de la agencia de compras

La agencia de compras tiene diez días a partir de la adjudicación del contrato para revisar la protesta del proveedor y decidir si la protesta es válida. Después de revisar la protesta, la agencia de compras tiene varias opciones sobre cómo se manejará la protesta:

  •  Si la agencia de compras decide que la adjudicación del contrato no fue un ejercicio honesto de discreción, sino que fue arbitraria o caprichosa o no de acuerdo con la Constitución de Virginia, la ley o regulación estatal aplicable, o los términos o condiciones de la solicitud, la agencia deberá:
    • Si el contrato no ha sido adjudicado por cualquier motivo, la única reparación del proveedor será un fallo a tal efecto. La agencia de compras cancelará la adjudicación propuesta o revisará la adjudicación para cumplir con el Código de Virginia y los términos y condiciones de la solicitud
    • Si el contrato ha sido adjudicado, pero la ejecución del contrato no ha comenzado, la ejecución del contrato puede ser ordenada por la agencia de compras o por VITA
    • Cuando el contrato ha sido adjudicado y la ejecución del contrato ha comenzado, la agencia de compras puede rescindir el contrato o declararlo nulo si considera que esta acción es en el mejor interés del público. El proveedor ejecutor será compensado por el costo de ejecución, con la excepción de la pérdida de beneficios, hasta la fecha de nulidad del contrato. Consulte el 2.2-4360(B) del Código de Virginia.
  •  Si la agencia de compras determina, después de celebrar una audiencia después de una notificación razonable a todos los proveedores, que existe una causa probable de que un laudo se basó en fraude o corrupción o en un acto que viola la "Ética en la Contratación Pública" ( 2.2-4367 et seq. del Código de Virginia), la adjudicación del contrato a un proveedor en particular puede ser prohibida o anulada.

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