27.8 Titularidad y derechos de propiedad intelectual de los organismos del Commonwealth, de conformidad con el § 2.2-2006 del Código de Virginia
27.8.2 Determinación de los derechos de propiedad intelectual apropiados para el Commonwealth
Al determinar los derechos de propiedad intelectual, los organismos deben examinar los requisitos particulares de la adquisición para ayudar a determinar los derechos apropiados que necesitará el Commonwealth:
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Adquisición de software comercial y servicios auxiliares - El software comercial listo para usar (COTS) casi siempre está sujeto a acuerdos de licencia estandarizados. En ciertos casos, los términos de la licencia pueden ser negociados, particularmente en lo que respecta a los términos financieros; sin embargo, no se debe esperar que los proveedores se desinunen de la propiedad de las mejoras del software COTS o de los trabajos derivados de dicho software. Además, los proveedores querrán mantener la propiedad de los entregables relacionados con el mantenimiento, la instalación y la configuración del software COTS.
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Adquisición de servicios de IT estandarizados (como servicios de alojamiento o recuperación ante desastres) - Por lo general, estas ofertas no plantean problemas difíciles de propiedad intelectual, y el Commonwealth puede recibir derechos de uso apropiados mediante la concesión de licencias de propiedad intelectual incorporada en el servicio.
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Contratación de servicios de consultoría que involucran entregables personalizados - En este caso, el Estado Libre Asociado puede exigir legítimamente la propiedad de ciertos entregables. Sin embargo, el Commonwealth puede seguir conservando los derechos de propiedad intelectual sobre los productos de trabajo, al tiempo que permite que se devuelva la licencia al contratista. Este enfoque suele proporcionar una mayor competencia y un mayor éxito en las negociaciones.
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Contratación de servicios de integración de sistemas - Un contrato de integración de sistemas puede incluir software COTS y servicios auxiliares, entregables personalizados y entregables que combinen la PI recién creada con la PI preexistente del proveedor. En esta situación, es aconsejable que las agencias compradoras utilicen cláusulas de propiedad intelectual en el contrato en las que se puedan designar determinados tipos de propiedad intelectual como licenciados al Commonwealth, propiedad del Commonwealth (con o sin licencia al proveedor) o propiedad conjunta.
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