27.5 Disposiciones contractuales relativas a los contratos de licencia de software
27.5.9 Derecho a personalizaciones o mejoras
El Estado Libre Asociado debería tener el derecho de poseer o tener una licencia perpetua para cualquier personalización de software que realice o mejoras que cree o pague por haber creado. Todas las aplicaciones, software, desarrolladas e instaladas por el proveedor para el Commonwealth deben convertirse en propiedad exclusiva del Commonwealth, a menos que el contrato establezca específicamente lo contrario. Si el Estado Libre Asociado tiene una licencia para tales personalizaciones o mejoras, entonces también debería tener el derecho de modificar esas personalizaciones o mejoras a su propia discreción. Por lo general, los contratos para el software COTS dificultan que un cliente obtenga la propiedad de las mejoras o modificaciones, ya que estos contratos están altamente estandarizados. Los contratos de servicios de consultoría (propiedad estatal con una licencia para el contratista) pueden negociarse para estipular la propiedad estatal de las personalizaciones y/o mejoras.
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