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Capítulo 24 - Solicitudes de propuestas y negociaciones competitivas

24.9 Cancelación de la RFP

24.9.3 Cancelación después de la fecha de vencimiento de la propuesta

Cuando la fecha de vencimiento de la RFP haya pasado y las propuestas hayan sido recibidas y abiertas, las propuestas pueden ser rechazadas y la adquisición cancelada en cualquier momento antes de la adjudicación. En tales casos se utilizará el siguiente procedimiento:

  • Se debe publicar un aviso de cancelación de inmediato a través de eVA y donde se publicitó la RFP en el momento de la publicación original (incluido el periódico de circulación general, si corresponde), indicando que se ha tomado la decisión de cancelar la RFP.

  • Las propuestas abiertas se mantendrán como parte del expediente de contratación.

  • Cualquier propuesta duplicada puede ser destruida a menos que el proveedor solicite que estas propuestas sean devueltas a su cargo.

  • Los motivos de cancelación o rechazo formarán parte del expediente de contratación.

Cuando se cancela una convocatoria, el expediente de contratación, incluidas todas las propuestas recibidas, sigue siendo confidencial y pasará a formar parte del nuevo expediente de contratación pública. En caso de que no se publique una nueva convocatoria en un plazo de 12 meses a partir de la fecha de cancelación, el expediente de contratación estará disponible y abierto a la inspección pública.


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