24.5 Preparación de una RFP
24.5.9 Ponderación de los criterios de evaluación
El SPOC y el ET pueden usar su discreción para determinar cómo calificar las propuestas, siempre que no sea arbitrario. Si los criterios están ponderados, hágalo con precaución para asegurarse de que se ponderen correctamente de acuerdo con la importancia de cada criterio.
Nota: Si se utiliza la plantilla VITA RFP, los criterios de evaluación se derivan directamente de la sección 5 (Requisitos funcionales y técnicos) y la sección 6 (Perfil del proveedor) de la plantilla, así como de la respuesta del proveedor a los términos y condiciones contractuales propuestos.
La sección 4302.2 del Código de Virginia establece lo siguiente:
"Emisión de una Solicitud de Propuesta por escrito en la que se indique en términos generales lo que se pretende contratar, en la que se especifiquen los factores que se utilizarán en la evaluación de la propuesta, se indique si se utilizará un sistema de puntuación numérica en la evaluación de la propuesta y se contengan o incorporen por referencia los demás términos y condiciones contractuales aplicables, incluyendo cualquier capacidad, especificación o cualificación única que se requiera. En el caso de que se utilice un sistema de puntuación numérica en la evaluación de las propuestas, los valores de puntos asignados a cada uno de los criterios de evaluación se incluirán en la Solicitud de Propuesta o se publicarán en el lugar designado para la publicación de avisos de contratación antes de la fecha y hora de vencimiento para la recepción de propuestas. Ninguna Solicitud de Propuesta de construcción autorizada por este capítulo condicionará la elegibilidad de un oferente ganador a tener un factor de modificación de experiencia especificado".
Capítulo actual: Capítulo 24 - Solicitudes de Propuestas y Negociaciones Competitivas
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