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Capítulo 22 - Licitación competitiva sellada de TI / invitación para licitar

22.10 Rechazo de ofertas

§ 2.2-4319 del Código de Virginia establece: "Una invitación a licitar, una solicitud de propuesta, cualquier otra solicitud, o todas y cada una de las ofertas o propuestas, pueden ser canceladas o rechazadas. Los motivos de cancelación o rechazo formarán parte del expediente del contrato. Un organismo público no cancelará ni rechazará una Invitación a Licitar, una Solicitud de Propuesta, cualquier otra solicitud, licitación o propuesta de conformidad con esta sección únicamente para evitar la adjudicación de un contrato a un licitador u oferente responsable y receptivo en particular. Una agencia puede rechazar cualquier oferta, en su totalidad o en parte, si se da alguna de las siguientes circunstancias:

  • Bid ofrece suministros o servicios que no cumplen con los requisitos, especificaciones o términos y condiciones establecidos en el IFB.

  • El precio de la oferta más baja y responsable es excesivo en comparación con las condiciones del mercado o con los fondos disponibles de la agencia.

  • La agencia determina que otorgar cualquier artículo no es lo mejor para ella.

  • Los formularios requeridos en el IFB no contienen información completa y la oferta puede considerarse no conforme. La información suministrada por el licitador no se proporciona en el formato especificado en el IFB.

  • La oferta no acusa recibo ni cumple con ninguna de las modificaciones de IFB.

  • El Licitador declara en su respuesta a IFB que no aceptará una adjudicación a menos que los términos y condiciones de IFB sean modificados o alterados.

  • El Licitador declara que solo aceptará una adjudicación para todas las partidas cuando la IFB permita la adjudicación por partida o la agrupación agregada de partidas.

  • La hoja de oferta y adjudicación de la IFB no está firmada y no hay ninguna indicación de que el postor esté respondiendo oficialmente.

  • Un artículo de oferta no DOE cumplir con las especificaciones establecidas en el IFB y el licitador no ha indicado que el artículo ofrecido es un suplente.


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