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Capítulo 10 - Políticas generales de adquisición de TI

10.3 Sección 508

10.3.2 La autoridad de VITA para promulgar reglamentos relacionados con la Sección 508

VITA tiene autoridad legal para promulgar regulaciones para garantizar que todas las adquisiciones de tecnología de la información de cualquier descripción cumplan con los estándares de accesibilidad a la tecnología electrónica y de la información de la Ley de Rehabilitación de 1973 (29 U.S.C. § 794d), según enmendada. 

Con el fin de mantener la máxima flexibilidad para el Commonwealth y a la luz del mercado de la tecnología de la información en constante cambio, VITA ha optado por implementar los estándares de accesibilidad a la tecnología electrónica y de la información de la Sección 508 a través de la política. VITA se compromete a garantizar que todas las adquisiciones de tecnología de la información adquiridas por VITA o en nombre de otras agencias cumplan, en la mayor medida posible, con los estándares de accesibilidad a la tecnología electrónica y de la información de la Sección 508. Consulte VITAlos IT sitios web de cumplimiento de de accesibilidad de para obtener orientación detallada en:  https://www.vita.virginia.gov/policy--governance/policies-standards--guidelines/it-accessibility-and-website-standards/.


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