22.9 Evaluación de ofertas
22.9.0 Evaluación de ofertas
Después de la apertura pública y el anuncio de las ofertas recibidas, la agencia evaluará las ofertas recibidas en función de los requisitos establecidos en el IFB. (Ver §2.2-4302.1 del Código de Virginia.) Durante el período de evaluación, los licitadores no podrán ponerse en contacto con el organismo adjudicador. El SPOC designado puede ponerse en contacto con un licitador para obtener aclaraciones, si es necesario, durante el período de evaluación. Cualquier contrato resultante debe adjudicarse al licitador más responsable, responsable y receptivo, cuya oferta cumpla con los requisitos y criterios establecidos en el IFB. Ninguna oferta será evaluada por ningún requisito o criterio que no esté divulgado en el IFB. Las respuestas a las ofertas se evalúan para determinar el cumplimiento de todas las especificaciones y la capacidad de los licitadores para desempeñarse.
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