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Capítulo 10 - Políticas generales de adquisición de TI

10.3 Sección 508

10.3.8 Lenguaje contractual sugerido para garantizar el cumplimiento de la Sección 508

Los contratos firmados con proveedores de tecnología de la información deben contener la disposición que se establece a continuación o un lenguaje sustancialmente similar: "El proveedor garantiza que los productos o servicios que se proporcionarán en virtud de este acuerdo cumplen con los requisitos de accesibilidad de la sección 508 de la Ley de Rehabilitación de 1973, según enmendada (29 U.S.C. § 794d), y sus reglamentos de implementación establecidos en el Título 36, Código de Regulaciones Federales, parte 1194. El Proveedor se compromete a responder y resolver con prontitud cualquier queja relacionada con la accesibilidad de sus productos o servicios que se le presente. Además, el Proveedor se compromete a indemnizar y eximir de responsabilidad al Commonwealth of Virginia o a cualquier agencia de los mismos que utilice los productos o servicios del proveedor de cualquier reclamación que surja de su incumplimiento de los requisitos antes mencionados. El incumplimiento de estos requisitos constituirá un incumplimiento y será motivo de rescisión del presente acuerdo". Este lenguaje hace que la carga y el costo del cumplimiento de la Sección 508 recaiga en el proveedor que suministra bienes y servicios IT al Commonwealth.


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