A
Agencia
(Contexto: Arquitectura Empresarial, General)
1. "Agencia del poder ejecutivo" o "agencia" significa cualquier agencia, institución, junta, oficina, comisión, consejo, institución pública de educación superior o instrumentalidad del gobierno estatal en el departamento ejecutivo enumerado en la ley de asignaciones. Sin embargo, la "agencia del poder ejecutivo" o "agencia" no DOE incluir el Centro Médico de la Universidad de Virginia, una institución pública de educación superior en la medida en que esté exenta de este capítulo de conformidad con la Ley de Operaciones Financieras y Administrativas de Educación Superior Reestructurada (§ 23.1-1000 et seq.) u otra ley. o la Autoridad Portuaria de Virginia.
2. Cualquier agencia, institución, junta, oficina, comisión, consejo o instrumentalidad de la Commonwealth of Virginia enumerada en la ley de asignación. A los efectos de las normas de arquitectura empresarial, "agencia" incluye las funciones administrativas (DOE no incluyen las funciones de instrucción o investigación) de las instituciones de educación superior, a menos que estén exentas por el lenguaje contenido en un requisito/norma específica.
3. "Agencia" significa una unidad administrativa del gobierno estatal, incluyendo cualquier departamento, institución, comisión, junta, consejo, autoridad u otro organismo, independientemente de cómo se designe.
Referencia:
1. Código del Código de Virginia - Artículo 1. Disposiciones generales
Consulte también: